Hoy vamos a hablar de las devoluciones.
A la hora de comprar una vivienda mediante la contratación de una hipoteca, tenemos que realizar una provisión de fondos de aproximadamente entre el 10 % y 15 % del valor del inmueble. ¿Y si algunos de estos gastos no nos correspondieran a nosotros? Una sentencia del Tribunal Supremo abre las puertas a la recuperación de parte del dinero que pagamos de más.
Cuando compramos una vivienda a través de financiación hipotecaria, existen dos grandes grupos de gastos: los gastos de compraventa (lo que se paga por la gestión y papeleo por la transmisión de la propiedad) y los gastos de escrituración de la hipoteca. Estos últimos gastos son los que, según la sentencia del TS de diciembre de 2015, correspondería pagar a la entidad, como sujeto pasivo e interesado de esta parte de la transacción.
Según figura en la ley, los siguientes gastos no deberían correr a cuenta de los consumidores:
- Gastos notariales: suele representar entre el 0,1 % y el 0,5 % de la responsabilidad hipotecaria, más coste por hoja de las escrituras.
- Gestoría: aproximadamente 400 €.
- Gastos Registro de la Propiedad: no suele superar el 0,2 %
- Impuestos: IAJD depende de cada comunidad autónoma, suele oscilar entre el 0,1 % y el 1 %
Espero que os haya servido de ayuda, si tenéis dudas dejármelo en los comentarios que os responderé, hasta pronto chiquisss.
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